Por fin, después de un largo camino, y adelantándonos a la Comisión Europea en tanto que no se ha producido una adopción de las NIA por parte de la misma, el ICAC ha emitido la resolución de 15 de octubre de 2013, por la que se publican las nuevas Normas Técnicas de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España (NIA-ES). Con esta misma finalidad y para una mejor lectura las NIA adaptadas para su aplicación en España se identifican como NIA-ES.
Hasta la fecha, la Comisión Europea no había adoptado las NIA, optándose en la práctica comunitaria por cada Estado miembro, la traducción y adaptación a cada lengua oficial y marco jurídico para su aplicación en el menor plazo posible.
De esta forma el ICAC ha procedido a adoptar el compendio de las NIA a nuestro cuerpo normativo en una traducción literal, y solo suprimiendo o adaptando ciertos párrafos a nuestra normativa de auditoría de cuentas, según nuestro marco jurídico nacional.
En consecuencia, las nuevas normas técnicas de auditoría (NIA-ES) vienen a sustituir a las NTA hasta ahora vigentes, las cuales quedan derogadas, si bien “se mantendrá vigente únicamente lo dispuesto en éstas últimas que no se encuentre regulado en la nueva normativa y no resulte contradictorio con lo dispuesto en ésta, tal como se prevé en el artículo cuarto de esta resolución”. Este será el caso, es decir, que convivirán con las nuevas NIA-ES, de la NTA sobre Relación entre auditores en los epígrafes de “utilización del trabajo de otro auditor”, “cambio de auditores”, o “auditorías conjuntas”. También se mantendrán vigentes las NTA sobre informes complementarios, trabajos de auditoría específicos y otros, que sin tener la naturaleza de auditoría de cuentas, se encuentran atribuidos por disposiciones de rango legal a los auditores de cuenta inscritos en el ROAC.
Por tanto y a modo de síntesis, las NIA-ES incluyen las series 200, 300, 400, 500, 600 y 700, así como un glosario de términos con el fin de facilitar su lectura e interpretación. Tanto las diferentes NIA-ES como el glosario de términos incluyen las notas aclaratorias antes mencionadas, con el fin de facilitar su adecuada interpretación y aplicación en España.
Las nuevas Normas Técnicas de Auditoría (NIA-ES) serán de aplicación obligatoria, para los auditores de cuentas y sociedades de auditoría en el desarrollo de los trabajos de auditoría de cuentas referidos a las cuentas anuales o estados financieros correspondientes a ejercicios económicos que se inicien a partir de 1 de enero de 2014. En todo caso, las nuevas NIA-ES serán de aplicación a los trabajos de auditoría de cuentas contratados o encargados a partir del 1 de enero de 2015, independientemente de los ejercicios económicos a los que se refieran los estados financieros objeto del trabajo.
Por tanto y debido a la importante reforma normativa que acaba de sufrir nuestra actividad, os animamos vivamente a realizar una puesta al día de estas nuevas normas, leyendo la extensa normativa y atendiendo a cursos impartidos por las corporaciones. De la misma forma, os aconsejamos ir adoptando poco a poco la nueva terminología en vuestro trabajo diario (ej.: pruebas de cumplimiento por pruebas de controles, circularización por confirmaciones externas, error por incorrección material, irregularidad por fraude, plan global por estrategia global de auditoría, etc.) y el enfoque del trabajo de auditoría, ahora más centrado en la identificación y valoración de los riesgos de incorrección material y las respuestas a los mismos a través de los procedimientos posteriores.
Si necesita más información sobres la NIA-ES puede usar los comentarios de este blog y le ayudaremos a resolver sus dudas, o puede contactar con nuestros abogados y auditores en Cádiz.
PÁEZ & SERRANO
Abogados, Auditores y Economistas.
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